Ordenanza de movilidad Sostenible:

En cumplimiento de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, desde el día 1 de enero de 2020 se prohíbe el estacionamiento de vehículos de categoría A (sin distintivo ambiental) en las plazas del Servicio de Estacionamiento Regulado, SER (los vehículos de 2 y 3 ruedas y los residentes en su respectiva Área de Estacionamiento Regulado sí pueden seguir estacionando).

  1. La velocidad se reduce a 30 km/h en las calles con un carril por sentido o un solo carril.
  2. Se han regulado por primera vez los Vehículos de Movilidad Urbana (VMU).
  3. Los patinetes eléctricos no pueden circular por aceras, pero sí por carriles bici y calles a 30 km/h o menos.
  4. Nuevos requisitos para los sistemas de movilidad compartida.
  5. Incluye los cambios de movilidad previstos en Madrid Central y en el Protocolo de actuación para
  6. episodios de contaminación por dióxido de nitrógeno.

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